Cesantías de Sector Público
¿Qué son las Cesantías de Sector Público?
Actualmente las empresas del sector público tienen dos modalidades para liquidar las Cesantías de acuerdo a la siguiente normatividad:
- Régimen retroactivo antes de la ley 50/1990
- Ley 50
El régimen retroactivo en Cesantías, es el régimen previsto antes de la Ley 50 de 1990 en el Código Sustantivo del Trabajo, y consiste en que el empleador directamente liquide las cesantías y sus respectivos intereses con base en el último salario devengado al momento de la terminación del contrato de trabajo.
A continuación le presentamos las características principales de cada modalidad:
Liquidación de las cesantías del sector público
| Valor de tu mesada | Retroactivas | |
|---|---|---|
| Administración | Los fondos privados, como Porvenir, adminstran una cuenta global a nombre de la empresa, desde la cual se realiza el pago de las cesantías, previa autorización del empleador. | Existe una cuenta individual a nombre de cada trabajador. |
| Liquidación | Para calcular el total de la liquidación de su empleado, se toma como base el valor del último salario, si no ha tenido cambios en los últimos tres meses; y el tiempo a liquidar se calcula desde que inició a laborar en la empresa. | El empleador debe consignar cada año en la cuenta individual de cada empleado, el valor de las cesantías, que corresponde a un mes de salario por cada año trabajado o proporcional si el periodo es menor a 12 meses. Tenga en cuenta que como empleador no está obligado a reconocer las cesantías a empleados con salario integral (correspondiente a más de 10 SMMLV) o con contrato por prestación de servicios. |
| Requisitos para el retiro | Sus empleados deben acercarse a una oficina de Porvenir, autorizada para el retiro de sus cesantías, con los siguientes documentos:
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El empleador debe emitir una carta en la cual autoriza el pago de las cesantias, donde informa el monto, concepto y los datos del beneficiario. |
| Pago | Cuando su empleado retira las cesantías para educación, recibe un cheque a nombre de la institución educativa. | Cuando su empleado retira las cesantías para educación, recibe un cheque a nombre de la institución educativa. |
| Canales de servicio para pago |
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