Modalidades de Pensión

Existen tres modalidades de pensión para la administración y financiamiento de tu beneficio pensional, conócelas en el siguiente vínculo: Modalidades de Pensión en Porvenir

¿Qué es la Pensión Familiar?

Es un beneficio que se reconoce por la suma de esfuerzos de las semanas cotizadas o aportes realizados, de cada uno de los cónyuges o compañeros permanentes, al Sistema General de Pensiones.

Puedes aplicar a la pensión Familiar, cuando:

  1. Cumplas la edad de pensión (57 años mujer o 62 años hombre).
  2. Ninguno de los cónyuge o compañero permanente haya alcanzado a reunir 1.150 semanas cotizadas o el capital necesario para obtener una pensión individual.
  3. Demuestres más de cinco años de convivencia como cónyuges o compañeros permanentes.
  4. Los dos estén al mismo régimen pensional y a la misma administradora; en caso de estar afiliados en diferentes régimen o administradortas de fondos de pensiones uno de los dos deberá solicitar su traslado.
  5. Sumen entre la pareja el capital mínimo para tener derecho a una pensión de vejez o sumen entre los dos las semanas mínimas de cotización; en Porvenir requieres 1.150 semanas cotizadas equivalentes a 23 años, mientras que en Colpensiones requieren 1.300 semanas cotizadas equivalentes a 26 años. 

Si la pareja cumple con los anteriores requisitos tendrá derecho a solicitar la Devolución de Saldos.

¿Qué son los Beneficios Económicos Periódicos BEPS?

Es un mecanismo administrado por Colpensiones que brinda la posibilidad a las personas de escasos recursos, que no alcancen a cumplir los requisitos para tener derecho a una pensión de vejez, recibir un ingreso periódico, personal e individual hasta su fallecimiento.

¿Qué es una incapacidad?

Es la situación temporal o permanente en la que te encuentras impedido para desempeñar tu trabajo debido a una enfermedad o accidente de origen común o profesional, por lo cual recibes un subsidio que cubre la falta de ingreso durante este periodo.

La incapacidad puede ser ocasionada por una enfermedad o accidente de origen común o de origen profesional.

  • Común: Se genera por una enfermedad o accidente no relacionado con actividades laborales y la diagnostica un médico tratante
  • Profesional: Es ocasionada por un accidente o actividades laborales y la diagnostica un médico tratante.