Tu ahorro en donde debe estar

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Haces parte de la gran mayoría de colombianos que piensan en su futuro y trabajan constantemente para construir un ahorro pensional que garantice una estabilidad y bienestar para la vejez. 

Sin embargo, sabemos que puedes tener dudas y haber escuchado algunos mitos sobre la construcción de tu ahorro pensional. Lo más importante es que tengas información precisa y tengas presente que cada caso es particular y que en materia de pensiones lo mejor es asesorarse. 

Si te encuentras en un fondo privado y estás pensando en trasladarte al público o viceversa, es importante saber en qué momento te conviene realizar ese traslado y tomar la Doble Asesoría en el fondo que estás afiliado y al que quieres trasladarte. 

La Doble Asesoría es una herramienta que te permite tener un panorama más claro de las diferencias y beneficios que recibirás a la edad de pensión, dependiendo del régimen en que decidas pensionarte.

Si estás en un fondo privado, debes tener en cuenta que la Doble Asesoría la recomendamos tomar cuando estés a 12 años de cumplir la edad de pensión dado que antes de este tiempo tendrás la oportunidad de incrementar tu ahorro pensional y los rendimientos que sólo en los fondos privados, como Porvenir S.A., se generan. Cabe mencionar que el plazo máximo para hacer el ultimo traslado de régimen pensional es a 10 años de cumplir la edad de pensión.

Si eres mujer menor de 45 años u hombre menor de 50 años, sigue construyendo tu ahorro pensional en un Fondo privado, una vez llegues a esta edad, debes decidir si quedarte en un Fondo privado o trasladarte al Fondo público porque una vez cumplidos los 47 años (mujeres) y 52 años (hombres) no será posible trasladarte. 

Ahora bien, ten en cuenta algunos mitos que suelen escucharse y de los cuales debes estar muy bien informado antes de cualquier decisión.

  • En un fondo de pensiones privado nadie se pensiona: En un fondo privado las personas sí se pensionan, y esta pensión depende del capital ahorrado o de las semanas acumuladas a lo largo de tu vida laboral, no depende de estar vinculado a un régimen u otro. En el fondo público también tienes unos requisitos de ley para obtener una pensión.
  • La pensión en un fondo privado no es vitalicia: Tanto en Porvenir como en el fondo público, las pensiones son vitalicias, es decir, para toda la vida y adicionalmente, en caso de fallecimiento, la pensión se continúa pagando a los beneficiarios de ley.
  • Los fondos de pensiones se pueden quebrar y el Estado no responde: Los fondos de pensiones se encuentran bajo continua vigilancia y supervisión del Estado a través de la Superintendencia Financiera. Dentro de las obligaciones a cargo de estas entidades se encuentran la de garantizar la rentabilidad mínima de los aportes de sus afiliados, contar con la Reserva de Estabilización de los recursos administrados y el respaldo que ofrece el patrimonio de los accionistas, sin perder de vista que la Seguridad Social es responsabilidad del Estado Colombiano.

 

Con Porvenir, el ahorro de hoy es el cumplimiento de tus metas y el bienestar de mañana.

Recuerda que las decisiones que tomes ahora se verán reflejadas en tu futuro, por eso es importante mantenerte bien informado sobre los beneficios y derechos que tienes como afiliado a un Fondo de Pensiones Privado o Público.