En cumplimiento de lo ordenado por el Juzgado 52 Administrativo del Circuito de Bogotá – Sección Segunda, mediante auto del 28 de abril de 2026, se publica copia de la demanda de tutela y del auto admisorio, presentados en contra de los artículos 2.2.2.5.2 y 2.2.2.6.2 del Decreto 0415 de 2026, por considerar que se vulneran o amenazan los derechos fundamentales a la Seguridad Social, Propiedad, Debido Proceso y Acceso a la Administración de Justicia de los afiliados y pensionados del RAIS.
En cumplimiento de lo dispuesto en el numeral séptimo del mencionado auto, se pone en conocimiento de los afiliados y pensionados de Porvenir S.A. que, si así lo consideran, pueden intervenir en la presente acción de tutela, dentro del término de dos (2) días conforme a lo ordenado por el despacho judicial:
“SÉPTIMO: ORDENAR a Skandia S.A., Porvenir S.A., Colfondos S.A. y Protección S.A. que, en el término de dos (2) días, contados a partir de la notificación del presente auto, publiquen copia de la demanda y del presente auto en la página web de la respectiva entidad, con el fin de informar y comunicar a los terceros interesados para que, en el término de dos (2) días, puedan intervenir y ejercer su derecho de defensa y contradicción.”
La radicación de documentos se realiza por la Ventanilla Virtual SAMAI.
- Acción: Tutela.
- Radicación: 11001334205220260018700
- Accionantes: Skandia S.A., Porvenir S.A., Colfondos S.A. y Protección S.A.
- Accionadas: Ministerio de Hacienda y Crédito Público; Ministerio del Trabajo.
- Providencia: Auto que admite acción de tutela y resuelve medida provisional.
- Ventanilla virtual | JCA
- Acción de tutela con solicitud de medida provisional por violación a los derechos fundamentales a la seguridad social, a la propiedad, al debido proceso y al acceso a la administración de justicia.
- Auto admite acción de tutela y resuelve medida provisional