Transparencia y acceso a información pública

Ley de transparencia y del derecho al acceso a la información pública nacional

En cumplimiento a la ley 1712 de 2014, La Sociedad Administradora de Fondos de Pensiones y Cesantías Porvenir S.A. pone a disposición de la ciudadanía la siguiente información:

Documentación

Normativa de la entidad o autoridad

Leyes

Tipo de norma: Constitución Política de Colombia.
Fecha de expedición: 20 de julio de 1991
Descripción: Define la Seguridad Social como un servicio público que se prestará bajo la coordinación y control del Estado, establece los principios generales de la Seguridad Social y las reglas de los regímenes de transición. (Arts. 48- 53)
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Tipo de norma: Decreto Ley 2663 de 1950 - Código Sustantivo del Trabajo.
Fecha de expedición: 09 de septiembre de 1950.
Descripción: Establece  las reglas generales sobre el  auxilio de cesantías (artículos 249 a 258) y el pago definitivo de cesantías por sustitución del empleador (numeral 4 del artículo 69), entre otras disposiciones aplicables.
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Tipo de norma: Ley 50 de 1990. 
Fecha de expedición:  28 de diciembre de 1990.
Descripción: Se crea el régimen especial  del auxilio de cesantía o de liquidación anualizada,  aplicable a los trabajadores vinculados mediante contrato de trabajo a partir del 1 de enero de 1991, o con anterioridad si decidieron voluntariamente trasladarse a este régimen especial (artículos 98 a 106).
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Tipo de norma: Ley 100 de 1993 
Fecha de expedición: 23 de diciembre de 1993. 
Descripción: Por cual se crea el sistema seguridad social integral conformado por los regímenes generales de pensiones, salud, riesgos laborales y servicios sociales complementarios  
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Tipo de norma: Decreto Ley 663 de 1993
Fecha de expedición: 02 de abril de 1993. 
Descripción: Estatuto Orgánico del Sistema Financiero.
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Tipo de norma: Decreto Ley 656 de 1994
Fecha de expedición: 24 de marzo de 1994. 
Descripción: Régimen jurídico y financiero de las sociedades que administran fondos de pensiones.
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Tipo de norma: Decreto Ley 1299 de 1994
Fecha de expedición: 22 de junio de 1994.
Descripción: Se crean normas para la emisión, redención y demás condiciones de los bonos pensionales. 
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Tipo de norma: Ley 344 de 1996
Fecha de expedición:  27 de diciembre de 1996.
Descripción: En su artículo 13 establece el régimen de cesantías de las personas que se vinculen a los órganos y entidades del Estado.
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Tipo de norma: Ley 549 de 1999
Fecha de expedición:  28 de diciembre de 1999.
Descripción. Se dictan normas tendientes a financiar el pasivo pensional de las entidades territoriales y se crea el Fondo Nacional de Pensiones de las entidades territoriales (FONPET).
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Tipo de norma: Ley 1071 de 2006 
Fecha de expedición:  31 de julio de 2006.
Descripción: Se reglamenta el reconocimiento de cesantías definitivas o parciales a los trabajadores y servidores del Estado. 
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Tipo de norma: Ley 1574 de 2012
Fecha de expedición:  02 de agosto de 2012.
Descripción: Regula la condición de estudiante para el reconocimiento de la pensión de sobrevivientes. 
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Decreto único reglamentario

Tipo de norma: Decreto 1833 de 2016
Fecha de expedición: 10 de noviembre de 2016. 
Descripción: Decreto único reglamentario del Sistema de Seguridad Social en Pensiones. 
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Tipo de norma: Decreto 1072 de 2015
Fecha de expedición: 26 de mayo de 2015.
Descripción: Se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Trabajo, destacándose el Libro 2, Parte 2, Título 1, Capítulo 3, contentivo de las reglas aplicables para la liquidación de las cesantías y los intereses a las cesantías.
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Tipo de norma: Decreto 2555 de 2010
Fecha de expedición: 15 de julio de 2010. 
Descripción: Por el cual se recogen y reexpiden las normas en materia del sector financiero, asegurador y del mercado de valores y se dictan otras disposiciones. Se destaca el libro sexto, contentivo de las normas aplicables a las sociedades administradoras de fondos de pensiones y cesantías.
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Normativa aplicable

Decretos

Tipo de norma: Decreto 1582 de 1998
Fecha de expedición: 05 de agosto de 1998
Descripción: Habilita a los Fondos de Cesantías para celebrar convenios con entidades públicas y administrar cesantías retroactivas, aplicable a  los servidores públicos  vinculados mediante contrato de trabajo celebrado con anterioridad al 01 de enero de 1991 y  que no se hayan trasladado al régimen de liquidación anualizada.
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Resoluciones

Tipo de norma: Resolución 2102 de 1994
Fecha de expedición: 30 de septiembre de 1994.
Descripción: Se establecen las reglas para la licitación del seguro previsional. 
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Tipo de norma: Resolución 3099 de 2015
Fecha de expedición: 19 de agosto de 2015.
Descripción: Se define el saldo de pensión mínima, la suma adicional a cargo de las aseguradoras previsionales y los parámetros técnicos para calcular una mesada pensional en la modalidad de retiro programado.
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Circulares

Tipo de norma: Circular Externa 029 de 2014 - Circular Básica Jurídica de la Superintendencia Financiera de Colombia
Fecha de expedición: 03 de octubre de 2014
Descripción: Brinda las instrucciones aplicables a las entidades vigiladas por la Superintendencia Financiera de Colombia, incluyendo las relacionadas con las Administradoras de Fondos de Pensiones y Cesantías. (Parte I y Parte II). 
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Tipo de norma: Circular Externa 100 de 1995 - Circular Básica Contable y Financiera de la Superintendencia Financiera de Colombia
Fecha de expedición: Noviembre de 1995
Descripción: Se brindan instrucciones para la valoración de los fondos administrados, así como la gestión contable y de riesgos de las Sociedades Administradoras de Fondos de Pensiones y Cesantías.
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Esquema de publicación de información

  • Informes y Entes de control: En virtud de lo establecido en el literal k) del art. 13 y en el literal j) del artículo 60 de la Ley 100 de 1993, las Administradoras de Fondos de Pensiones y Cesantías, entre ellas Porvenir, se encuentran sometidas al control y vigilancia por parte de la Superintendencia financiera de Colombia, y es auditada por una firma de Revisoría Fiscal de reconocida experiencia.

  • Manual de Normas y Políticas SAC
  • Informes remitidos a la Superintendencia Financiera de Colombia: En cumplimiento de disposiciones legales, Porvenir, se encuentra obligado a remitir a la Superintendencia Financiera de Colombia un informe sobre las reclamaciones presentadas ante la entidad, al igual que sobre las reclamaciones presentadas ante el Defensor del Consumidor Financiero, indicando adicionalmente que decisiones del Defensor han sido aceptadas o rechazadas por parte de la entidad.Estos informes pueden consultarse en la página web de la Superintendencia Financiera

  • Mecanismos y Procedimientos para participar en las políticas: PORVENIR da estricto cumplimiento a lo dispuesto en el numeral 7º del artículo 73 del Estatuto Orgánico del Sistema Financiero y el artículo 1º del Decreto 2769 de 1991, conforme a los cuales en las Juntas Directivas de la Sociedades Administradoras de Fondos de Pensiones y Cesantías habrá una representación paritaria de los trabajadores y empleadores, quienes serán elegidos por las respectivas asambleas que se realicen al efecto.De acuerdo con lo anterior, los trabajadores afiliados al Fondo de Pensiones PORVENIR, a los Fondos de Pensiones administrados por PORVENIR y al Fondo de Cesantías PORVENIR se reunirán en asamblea ordinaria una vez cada dos años, dentro del mes de marzo con el fin de elegir su representante o representantes según corresponda, en la Junta Directiva de PORVENIR

El control externo es ejercido por los siguientes diferentes organismos de vigilancia, regulación y control:

  • la Revisoría Fiscal
  • la Superintendencia Financiera de Colombia
  • el Autorregulador del Mercado de Valores, al cual se halla vinculado Porvenir
  • el Defensor del Consumidor Financiero u órgano que haga sus veces, de acuerdo con la legislación vigente.
  • la Superintendencia de Industria y Comercio, especialmente en asuntos de Protección de Datos Personales y Protección al Consumidor.
  • la Contraloría General de la República, al ser Porvenir un particular que administra recursos públicos, ejerciendo control fiscal.
  • la Contraloría de nuestro Holding, Grupo Aval.
  • la Calificadora de riesgo, para que evalúe a la Sociedad en aquellos aspectos relacionados con la calidad de la administración.
  • las auditorías de ICONTEC, en lo que respecta a la certificación del Sistema de Gestión de Calidad de la Compañía. 
  • la Unidad de Gestión de Pensión y Parafiscales 
  • las auditorias especializadas, solicitadas por los accionistas u ordenadas por la Superintendencia Financiera.
  • la Procuraduría General de la Nación, en lo que respecta al cumplimiento de los lineamientos de Transparencia y Acceso a la Información Pública como entidad que presta el servicio público de seguridad social,  en los términos de la Ley 1712 de 2014 y normas que lo complementan. Tipo de control: disciplinario.

Adicionalmente, se tiene un sistema de control interno conformado por:

  • el Comité de Auditoría
  • La Gerencia de Auditoría
  • los sistemas de administración de riesgos, encontrándose dentro de ellos : SARLAFT- Sistema de Administración de Riesgos de Lavado de Activos y Financiación del Terrorismo  *SAC- Sistema de Atención al Consumidor Financiero  *Seguridad de la Información y Ciberseguridad       *SARO-Sistema de Administración de Riesgo Operativo , * SOX - Proteger a los inversionistas a través del mejoramiento de la confiabilidad y exactitud de las revelaciones financieras. *Protección de Datos Personales.   
  • la auditoría interna de calidad.

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  • Registro de Activos de Información documental
  • Índice de Información Clasificada y Reservada