¿Qué son las cesantías?

Este dinero debe ser consignado cada año, máximo hasta el 14 de Febrero, por tu Empleador (es decir, la empresa para la que trabajas).

El Empleador no está obligado a reconocer esta prestación si ganas un salario integral (más de 10 salarios mínimos legales mensuales vigentes) o si tu contrato es por prestación de servicio.

¿Para qué las puedes usar?

El principal el objetivo de las Cesantías es servir como un auxilio en caso de quedar cesante, es decir, desempleado. Sin embargo, la ley colombiana también permite que este dinero lo puedas utilizar para temas de educación y vivienda.

Por ejemplo, puedes usarlas para comprar vivienda o un lote, pagar parte de la cuota inicial de tu apartamento, para hacer reformas a tu vivienda o pagar tus impuestos.

También las puedes usar para pagar estudios en entidades de educación para el Trabajo y el Desarrollo Humano, estudios superiores como el semestre de universidad o la matrícula para un postgrado.

Beneficios de tus Cesantías con Porvenir

  • Ahorro del 4 x mil en retiros de tus cesantías: cuando realizas un retiro de Cesantías y solicitas que el dinero lo abonen a tu cuenta del Banco de Bogotá o del Banco de Occidente, te puedes ahorrar el 4 x 1.000. Sólo es necesario que en la solicitud indiques que el dinero sea abonado a alguna de las cuentas de estos bancos.
  • Porvenir Preferencial: es un programa de beneficios con el cual recibes descuentos en establecimientos comerciales y universidades en todo el país, debes ingresar a www.porvenirpreferencial.com.co y conocer los beneficios.
  • Administración experta: el ahorro de tus Cesantías es administrado por la mesa de dinero especializada y enfocada en la administración de los recursos con el objetivo de asegurar los mejores rendimientos sin poner en riesgo tu capital.
  • Múltiples canales para el retiro de Cesantías: Porvenir te ofrece diversas opciones cuando necesites hacer un retiro:
  • Para el retiro de Cesantías Retroactivas, tenemos disponibles nuestras oficinas y la Línea de Servicio al Cliente.

Pignoración y Embargo de las Cesantías

Pignoración: como respaldo para un crédito puedes pignorar tus cesantías:

  • De vivienda, realizados por una entidad financiera.
  • Por cualquier concepto que otorguen las entidades de carácter corporativas, solo podrás comprometer el 50% de estos ahorros.
  • De créditos otorgados por los fondos de empleados legalmente reconocidos, cajas de compensación familiar, siendo posible comprometer el 100% del valor de las cesantías.
  • Préstamos de vivienda realizados por tu empresa.

 

Embargo: Según la ley, las Cesantías te las pueden embargar hasta un 50%, por concepto de cooperativas autorizadas o para cubrir pensiones alimenticias que exige la ley.

Mecanismo de protección al cesante

Este sistema lo puedes utilizar si estás afiliado a una caja de compensación familiar, creado por el Gobierno Nacional y tiene como objetivo:

  • Disminuir los efectos del desempleo.
  • Ayudar a los colombianos a reingresar al mercado laboral.
  • Incentivar el ahorro de las Cesantías como auxilio para el desempleo.

Está compuesto por los siguientes elementos:

  • Servicio Público de Empleo: una herramienta de búsqueda de empleo administrada por el Estado colombiano.
  • Capacitación general: brindada por el SENA, por las Cajas de Compensación Familiar y las instituciones de formación para el Trabajo y el Desarrollo Humano.
  • Fondo de Solidaridad de Fomento al Empleo y Protección al Cesante (FOSFEC): como fuente de recursos para otorgar beneficios a la población desempleada.
  • Una cuenta de Cesantías: como fuente limitada y voluntaria para generar un ingreso en el tiempo en que las personas queden desempleadas.

Fecha de la última actualización: 09/11/2018

Información vigente al: 09/11/2018