Reforma pensional para Empresas
La Corte Constitucional mantuvo la mayor parte de la reforma pensional (Ley 2381 de 2024), que comenzaría a regir el 1 de abril de 2027. Aunque algunos artículos deberán debatirse nuevamente en el Congreso, hoy no necesitas hacer cambios: te recomendamos que sigas aportando y mantente informado por nuestros canales oficiales.
El Congreso tiene 30 días hábiles desde la notificación de la sentencia para debatir los artículos indicados por la Corte Constitucional. Hasta el 31 de marzo de 2027 continúan las reglas actuales. La implementación posterior exigirá diferenciar trabajadores en Ley 100 de 1993 y Ley 2381 de 2024. Para estos últimos, la distribución dependerá del IBC.
Nota: La información presentada se basa en el Flash Digital y el Comunicado No. 27 de 2026 publicado por la Corte Constitucional. En consecuencia, su contenido está sujeto a las precisiones, alcances e interpretaciones que se establezcan en el texto completo de la sentencia y/o la reglamentación, lineamientos o pronunciamientos que emitan las autoridades competentes
Acompaña a tus colaboradores con Porvenir
En Porvenir ya estamos preparados para acompañar a empresas y colaboradores en este nuevo camino, brindando información clara, transparente y oportuna que les permita tomar decisiones seguras y construir su Bienestar Financiero Sostenible.
Por ahora, la tarea de tu empresa es continuar realizando los aportes pensionales como hasta hoy, mantén actualizada la información de tus colaboradores y esperar la comunicación oficial antes de ajustar la nómina o los procesos. Desde Porvenir te informaremos oportunamente.
Pilares del nuevo sistema pensional
La Reforma Pensional se apoya en cuatro pilares que organizan y equilibran el nuevo sistema, diseñados para reconocer las diferentes trayectorias de los colombianos. Cada uno aporta a la construcción de un modelo fundamentado en los principios de universalidad, solidaridad y eficiencia con el propósito de cubrir las contingencias de la vejez, invalidez o en caso de fallecimiento a sus beneficiarios, con el propósito de garantizar un Bienestar Financiero Sostenible antes, durante y después la jubilación.
Aquí te contamos en qué consiste cada pilar:
Pilar Solidario
Entrega un subsidio económico a la población en condición de pobreza extrema, pobreza y vulnerabilidad que no logró pensionarse.
Conoce más información sobre el pilar solidario aquí .
Pilar Semicontributivo
Otorga un beneficio a quienes cotizaron entre 300 y 999 semanas, pero no alcanzaron los requisitos para una pensión. Lo administra Colpensiones.
Conoce más información sobre el pilar semicontributivo aquí .
Pilar Contributivo
Brinda pensión a trabajadores que cotizan regularmente. Es gestionado por Colpensiones como Administradora del Componente de Prima Media.
Conoce más información sobre el pilar contributivo aquí .
Pilar Voluntario
Permite a cualquier colombiano ahorrar de forma adicional para mejorar su pensión y asegurar un mejor ingreso en la vejez.
Conoce más información sobre el pilar voluntario aquí .
Lo que tu empresa debe tener en cuenta
Define cómo se distribuyen los aportes entre Colpensiones y las AFP:
- Entre 1 y 2.3 SMMLV: Cotización al Componente de Prima Media (Colpensiones).
- Más de 2.3 SMMLV: Excedente administrado por una Administradora del Componente Complementario de Ahorro Individual (ACCAI) como Porvenir.
Con la entrada en vigencia de la Ley 2381 de 2024, el aporte mensual de cada trabajador se distribuirá entre Colpensiones y las Administradoras del Componente Complementario de Ahorro Individual (ACCAI), como Porvenir, según el ingreso base de cotización (IBC):
- El porcentaje total de cotización se mantiene en 16%.
- 4% a cargo del trabajador y 12% a cargo del empleador
Lo que debes saber sobre la reforma pensional
Afiliación y traslados
Con la Reforma Pensional, la edad y las semanas cotizadas definen el grupo de cada colaborador. Conoce aquí los detalles de cada caso:
Oportunidad de Traslado
La oportunidad de traslado finalizó el 16 de julio de 2026. Los traslados realizados durante este periodo conservan su validez si cumplieron los requisitos exigidos.
Régimen de Transición
Te aplica la Ley 100 de 1993, si a la entrada en vigencia cuentas con:
• Mujeres con 750 semanas cotizadas, o más.
• Hombres 900 semanas cotizadas, o más.
Nueva Ley
Te aplica la Ley 2381 de 2024, si al 1 de abril de 2027 cuentas con:
• Mujeres menos de 750 semanas cotizadas.
• Hombres menos de 900 semanas cotizadas.
Los canales ideales para ti
Preguntas frecuentes
Porvenir ha dispuesto un segmentador pensional virtual que permite a cada colaborador identificar si le aplica la reforma, según edad y semanas cotizadas.
Hasta que la nueva ley entre en vigencia, las empresas deben seguir realizando aportes conforme a la Ley 100 de 1993. Una vez se active la Ley 2381 de 2024, los aportes se dividirán entre Colpensiones y ACCAI como Porvenir, según el salario del colaborador.
Sí. Porvenir brinda acompañamiento personalizado a empresas a través de sus oficinas, canales digitales y asesores especializados. También ofrece herramientas como la Doble Asesoría para orientar a los colaboradores en la toma de decisiones pensionales.


